En estos momentos accedes a un blog de una persona residente en España, con un dominio registrado en Nueva York y alojado en un servidor de Atlanta (Georgia), que a su vez pertenece a Blogger (con sede en San Francisco, California). Blogger a su vez es propiedad de Google, empresa con sede en Mountain View (también en el estado de California).
Cuando yo escribo una entrada la comunicación entre todos ellos se realiza mediante un protocolo cifrado, el https, que inicialmente busca darme la seguridad de que mi usuario y contraseña no serán robados, además de poder guardar borradores para futuras entradas sin que puedan ser cazados en claro por ningún sniffer (ya sea de algún hacker que busque tarjetas de crédito en la wifi de un Starbucks o de un servicio secreto que quiera invadir mi intimidad para evitar posibles ataques terroristas). Como es lógico, una vez las entradas son publicadas, toda persona puede leerlas en claro a través del protocolo estándar http.
Ahora pongamos tu caso, tienes familia o amigos en el extranjero y no te gusta perder el contacto con ellos. Tienes tres formas de hacerlo: internet, teléfono o correo postal. El correo postal sabes que sólo será abierto si es susceptible de violar las normas de aduanas (mercancía no declarada, peligrosa o ilegal). El teléfono puede ser intervenido por órdenes de un juez (España) o por las fuerzas de seguridad (Estados Unidos). Mientras, toda tu comunicación por redes sociales, programas de mensajería o correo electrónico suele realizarse siempre a través de protocolos cifrados.
A pesar de ser comunicaciones cifradas, los dueños de dichos servicios de Internet no dudan en incrustarte publicidad relativa a las palabras clave que detectan en tu comunicación, siendo GMail y MSN Messenger los casos más notorios. Esto nos indica que, a pesar de tener cierto grado de privacidad, estas palabras son seguramente recopiladas por terceros para realizar estudios de mercado. Además en países como Estados Unidos está prohibido que los ciudadanos utilicen un cifrado de calidad similar a la militar. Esto quiere decir que casi con total seguridad nos están espiando en cada conversación.
Personalmente no me preocupa que hipotéticamente me pueda espiar un empleado de un servicio web/mensajería, puesto que la legislación española establece castigos severos para los empleados de un servicio que abusen de su poder. Y respecto a la posibilidad de que nos pudiera espiar un gobierno, tampoco me preocupa, puesto que esos casos tarde o temprano suelen salir a la luz y suelen venir acompañados de la dimisión del responsable de turno.
No obstante esto va a cambiar. Muchos habéis oído de SOPA, el acta anti piratería que lleva preparando desde Octubre el gobierno del Premio Nobel de la Paz. Esta ley, aún en proceso, toma el revelo de la maltrecha ACTA pero especializándose exclusivamente en el ámbito de Internet. Antes de todo quiero aclarar que el problema con SOPA no está en su objetivo (parar la piratería en Internet), si no en la forma que pretende llevarlo a cabo.
Esta ley obligará a los proveedores de Internet y a los dueños de los servicios a analizar todos los paquetes que envíes o recibas para verificar que no incluyes archivos susceptibles de violar derechos de autor. Esto significa que toda comunicación que realices a través de Internet (ya sea mensajería instantánea, e-mail, voIP o un simple tweet) será monitorizada sólo para verificar que no infringes copyrights. Esto no se hace para prevenir el terrorismo ni para parar la pedofilia infantil, se hace para salvaguardar un modelo de mercado que ni sabe poner freno al fenómeno de Internet, ni quiere adaptarse a él.
Y para que esto suceda no tiene porque ser una comunicación destinada a un amigo residente en Estados Unidos, piensa que las comunicaciones de mensajería instantánea o los e-mails, por lo general, no son peer to peer (descentralizados): Todo lo que comunicas pasa, antes de que lo reciba su destinatario, por servidores americanos y ahí (lógicamente) deben de cumplir con la legislación americana. Pero a mi entender el peligro no es que se te monitorice para evitar la piratería, si no que el deber de monitorizar recaiga en terceras partes no gubernamentales, como pudieran ser el proveedor del servicio y los distintos proveedores de Internet que hay entre el remitente y el receptor de la comunicación.
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