18 años en Internet

29 septiembre 2006

Leer mails ajenos será delito

Aquí, en España, se está planteando reformar el artículo 153 del código penal, en concreto el diputado Osvaldo Nemirovsky comentó:

“Será reprimido con prisión de un mes a un año el que abriere indebidamente una carta, un correo electrónico, transmitido y/o almacenado, o un despacho telegráfico o telefónico o de otra naturaleza que no le esté dirigido; o se apoderare indebidamente de una carta, de un correo electrónico, de un pliego, de un despacho o de otro papel privado aunque no esté cerrado; o suprimiere o desviare de su destino una correspondencia o correo electrónico que no le este dirigida.

“Se le aplicará prisión de seis meses a dos años, si el culpable comunicare a otro, o transmitiere, o publicare el contenido de la carta, correo electrónico, escrito o despacho”

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